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Sección 4ª. Incidencias y Consignaciones
Artículo 24. Incidencias.
- Por la solicitud de remoción de depósito, la presentación de documentos fuera del término de prueba, alzamiento y cancelación de embargo, determinación de cuantía, cesión de remate, subrogación de derechos y desestimiento, el procurador devengará la cantidad de 22,29 € por cada una de las incidencias.
- Por la solicitud de las medidas que tiendan a asegurar el resultado del procedimiento, como actuaciones anticipadas de prueba, anotaciones preventivas de embargo en cualquier registro público, y sus prórrogas, oposición al embargo por tercero, retención de sueldos, saldos, ampliaciones de embargos y demandas, así como embargos en rebeldía, devengará el procurador la cantidad de 37,15 € por cada una de las incidencias.
- Por las actuaciones de investigación patrimonial que se hubieran realizado, el procurador devengará la cantidad de 30 €.
Artículo 25. Consignaciones.
-
Por la consignación, constitución y retirada de avales, depósitos y mandamientos judiciales o de devolución, efectos públicos, acciones o valores, el procurador percibirá, por cada uno de ellos, los derechos conforme a la siguiente escala:
| Hasta Euros | Euros |
|---|
| 601,01 € | 2,64 € |
| 3.005,06 € | 5,29 € |
| 12.020,24 € | 8,59 € |
| 60.101,21 € | 24,13 € |
| 120.202,42 € | 36,36 € |
Por cada 6.010,12 € o fracción, 1,25 €.
- Por la constitución y retirada de depósitos en efectivo se devengarán los derechos que correspondan conforme a la escala anterior reducidos en un 15%.