Sección 4ª. Incidencias y Consignaciones

Artículo 24. Incidencias.

  1. Por la solicitud de remoción de depósito, la presentación de documentos fuera del término de prueba, alzamiento y cancelación de embargo, determinación de cuantía, cesión de remate, subrogación de derechos y desestimiento, el procurador devengará la cantidad de 22,29 € por cada una de las incidencias.
  2. Por la solicitud de las medidas que tiendan a asegurar el resultado del procedimiento, como actuaciones anticipadas de prueba, anotaciones preventivas de embargo en cualquier registro público, y sus prórrogas, oposición al embargo por tercero, retención de sueldos, saldos, ampliaciones de embargos y demandas, así como embargos en rebeldía, devengará el procurador la cantidad de 37,15 € por cada una de las incidencias.
  3. Por las actuaciones de investigación patrimonial que se hubieran realizado, el procurador devengará la cantidad de 30 €.

Artículo 25. Consignaciones.

  1. Por la consignación, constitución y retirada de avales, depósitos y mandamientos judiciales o de devolución, efectos públicos, acciones o valores, el procurador percibirá, por cada uno de ellos, los derechos conforme a la siguiente escala:
    Hasta EurosEuros
    601,01 €2,64 €
    3.005,06 €5,29 €
    12.020,24 €8,59 €
    60.101,21 €24,13 €
    120.202,42 €36,36 €
    Por cada 6.010,12 € o fracción, 1,25 €.
  2. Por la constitución y retirada de depósitos en efectivo se devengarán los derechos que correspondan conforme a la escala anterior reducidos en un 15%.