Sección 2ª. Juzgados de Menores

Artículo 66. Primera y segunda instancia.

  1. Por su intervención ante los Juzgados de Menores, percibirá el procurador 29,72 €.
  2. Por las apelaciones de las resoluciones de dichos juzgados, se percibirán 37,15 €.