Sección 3ª. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria

Artículo 67. Primera y segunda instancia.

  1. Por la intervención del procurador, ante los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, percibirá la suma de 39 €.
  2. Por las apelaciones de las resoluciones de dichos juzgados, se percibirán 39 €.