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Sección 3ª. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Artículo 67. Primera y segunda instancia.
- Por la intervención del procurador, ante los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, percibirá la suma de 39 €.
- Por las apelaciones de las resoluciones de dichos juzgados, se percibirán 39 €.